CoreCapital Opina

Principales consecuencias tras MiFID II

MiFID II ha llegado y como todos sospechábamos, ha supuesto una clara revolución en el sector financiero.

El nuevo marco normativo ha mejorado la transparencia de las relaciones con los clientes con un común objetivo de optimizar la actual regulación europea sobre mercados de valores por varias vías:

1. Refuerza la protección del inversor y las normas de conducta, así como las condiciones de competencia en la negociación y liquidación de instrumentos financieros

2. Mejora la transparencia y la supervisión de los mercados financieros, incluidos los mercados de derivados y, además, aborda determinadas carencias de los mercados de derivados sobre materias primas

3. Persigue que la negociación organizada se desarrolle en plataformas reguladas

4. Introduce reglas sobre negociación algorítmica y de alta frecuencia

Uno de los ámbitos más afectados por la nueva normativa es el de obligaciones de información pre y post contractual y de registro, que ya estaban incluidas en MiFID I, aunque con la nueva normativa se refuerzan, puesto que son de aplicación ya desde la creación del producto. Recordemos que MiFID I ya vino a regular cuestiones de conveniencia respecto de los productos financieros que podían ofrecerse a los clientes mediante el test de idoneidad y el control del perfil de riesgo. MiFID II obliga a las entidades a informar a sus clientes, con anterioridad a la prestación del servicio, de los incentivos percibidos, dato que hasta ahora era completamente desconocido para los inversores.

Las novedades regulatorias conllevan cambios sustanciales en la operativa de las diferentes entidades financieras y empresas de servicios de inversión en sus distintos ámbitos. Las entidades financieras han adoptado una serie de medidas para que sus cuentas de resultados no se vean afectadas al final del ejercicio tras la aplicación de esta directiva MiFID II. Por ejemplo, ciertas entidades, han decidido trasladar los costes del análisis, entre otros, a sus clientes para dejar de asumirlos de forma interna. De ahí que últimamente haya tantas noticias de entidades que anuncian si los asumen o los trasladan al cliente.

Sin duda, el mayor beneficiado sigue siendo el cliente porque MiFID II le sitúa en el centro de cualquier actividad financiera. Le van a tener que explicar el coste del asesoramiento que reciben las entidades financieras y le van a ofrecer los mejores productos acordes a su perfil inversor. Todo ello protege al cliente de posibles abusos y conflictos de interés.

CoreCapital ha nacido en el seno de esta normativa, aplicando en su ADN, el criterio de independencia y transparencia en su más amplio sentido, primando así estos criterios en el desarrollo de su actividad. Ponemos en todo momento al cliente en el centro del asesoramiento integral que ofrecemos. Ello nos permite garantizar la ausencia de conflictos de interés, así como una transparencia total para con nuestros clientes que genera una confianza de éstos en su entidad financiera. La duda es, el resto del panorama financiero, ¿se encuentran preparados?

0 comentarios

Dejar un comentario

¿Quieres unirte a la conversación?
Siéntete libre de contribuir!

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *